Reforma de Pensiones

Conoce los cambios y beneficios que trae la nueva Reforma de Pensiones

Reformas de Pensiones
Queremos que estés informado

Principales modificaciones de la Reforma de Pensiones

Cronograma

Implementación Reforma de Pensiones

Marzo 2025

Publicación Ley de Reforma de Pensiones

Publicación de la reforma de pensiones en el Diario Oficial

Septiembre 2025

Aumento PGU

Aumento PGU: 82 años o más

Enero 2026

Nuevos beneficios

(i) Beneficio por años cotizados (ii) Compensación a mujeres por expectativas de vida

Septiembre 2026

Aumento PGU

Aumento PGU: 75 años o más

Septiembre 2027

Aumento PGU

Aumento PGU: 65 años o más

Marzo 2025

Publicación Reforma

Se publica la Reforma de Pensiones en el Diario Oficial

Agosto 2025

Nueva cotización del 1%

Nueva cotización del 1% a cargo del empleador.

Septiembre 2025

Cambios a las rentas vitalicias

Agosto 2026

Implementación gradual cotización

Segundo año de nueva cotización de cargo del empleador

Abril 2027

Fondos generacionales

Agosto 2027

Implementación gradual cotización

Tercer año de nueva cotización de cargo del empleador

Agosto 2027

Primera licitación

Primera licitación del stock de afiliados

Diciembre 2027

Primera adjudicación

Primera adjudicación de la licitación del stock de afiliados

Junio 2028

Traspaso de afiliados

¿Aún tienes dudas?

Preguntas frecuenfes sobre la nueva Reforma de Pensiones

Las pensiones de renta vitalicia podrán aumentar si las personas cumplen los requisitos para acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), al beneficio por años cotizados y a la compensación por expectativa de vida para las mujeres.

Las normas entrarán en vigor el primer día del vigésimo quinto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial, esto es el 1 de abril de 2027.

No obstante, hay cambios que comenzarán a regir antes:

  • En agosto de 2025, comienza el pago de la cotización del empleador, con un 1%, que se irá incrementando gradualmente hasta llegar a un 7%.
  • En septiembre de 2025, sube la PGU para las personas de 82 años o más.
  • En septiembre de 2025, disminuye el requisito mínimo para optar a Rentas Vitalicias
  • En enero de 2026, parte el pago de beneficios del nuevo seguro social. Se incluye la Compensación por Años Cotizados y el Bono a mujeres por expectativas de vida.

Sabemos que estos cambios pueden generar preguntas. Por eso, si necesitas más información sobre alguno de los beneficios específicos de la Reforma de Pensiones, te orientamos respecto de las instituciones competentes:

  • Pensión Garantizada Universal (PGU):
    El Instituto de Previsión Social (IPS) es el organismo encargado de conceder, modificar, suspender o extinguir este beneficio.
  • Beneficio por años cotizados:
    el Instituto de Previsión Social (IPS) es la institución encargada de pagarlo.
  • Beneficio para mujeres por mayor expectativa de vida:
    El Instituto de Previsión Social (IPS) es la institución encargada de pagarlo.

Contactos:

ChileAtiende
Sitio web: https://www.chileatiende.gob.cl/
Atención presencial: oficinas de ChileAtiende a lo largo del país
Call Center: 101

Superintendencia de Pensiones (SP)
Sitio web: www.spensiones.cl
Teléfonos: 600 006 1013 / +56 2 2707 4260
Dirección Región Metropolitana: Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449, piso 1, local 8, Santiago

La reforma de pensiones busca mejorar las pensiones tanto de los actuales como de los futuros pensionados. Sus principales objetivos son aumentar los montos de las pensiones, reducir las brechas de género, fomentar la competencia en el sistema previsional y disminuir la pobreza en la vejez.

Para lograrlo, se han implementado medidas como el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU), un mayor aporte de los empleadores al sistema y la creación de un seguro social, entre otras iniciativas.

Estos beneficios aplican según la situación particular de cada persona y los requisitos establecidos por la ley, sin importar si se han pensionado a través de retiro programado o renta vitalicia.

Esto dependerá de su situación particular, según sea beneficiario de la PGU, del beneficio de compensación por expectativas de vida o del beneficio por años cotizados.

Sí, puedes acceder a la PGU incluso si estás pensionado por renta vitalicia, siempre que cumplas con los requisitos establecidos por la ley.

La PGU es un beneficio estatal que complementa tu pensión de vejez, incluida la renta vitalicia, y no se ve afectada por la modalidad de pensión que hayas elegido.

No, las condiciones de las rentas vitalicias ya contratadas se mantendrán inalterables.

Se incrementa automáticamente el monto de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000.

El aumento se aplicará según un calendario por tramos de edad:

  • (i) A partir de septiembre de 2025: beneficiará a personas de 82 años o más.
  • (ii) A partir de septiembre de 2026: beneficiará a personas de 75 años o más.
  • (iii) A partir de septiembre de 2027: beneficiará a personas de 65 años o más.

Mientras no se les aplique el aumento en cada tramo señalado, los beneficiarios de la PGU, continuarán recibiendo el monto de la pensión que les corresponda de acuerdo con la normativa vigente, previo a dicho incremento.

Asimismo, se incorporan como potenciales beneficiarios para acceder al monto máximo o a una proporción de la PGU, a los beneficiarios por leyes reparatorias Valech, Rettig y exonerados, siempre que cumplan con los requisitos legales para acceder.

Este beneficio es para los actuales pensionados por vejez o invalidez y se entregará a partir de enero de 2026 de forma automática, a quienes cumplan los requisitos.

El beneficio será de 0,1 UF mensuales por cada año cotizado, con un tope de 25 años (2,5 UF mensuales).

Requisitos para acceder:

  • (i) Mujeres: Haber cotizado 120 meses (10 años), continuos o discontinuos. Este umbral aumentará a 15 años de cotizaciones (180 meses) transcurridos 11 años desde la entrada vigencia de la reforma.
  • (ii) Hombres: Haber cotizado 240 meses (20 años), continuos o discontinuos.

Desde el 1 de enero de 2026, las mujeres que se encuentren pensionadas por vejez o invalidez a partir de los 65 años tendrán derecho a una compensación mensual en razón de mayor expectativa de vida en comparación a los hombres.

El monto mínimo del beneficio será de 0,25 UF mensuales, el cual comienza a pagarse a partir de los 65 años.

El beneficio se entrega de forma proporcional, dependiendo de la edad en que la afiliada se pensione:

  • 60 años, si se pensiona recibirá un 5%

  • 61 años, si se pensiona recibirá un 15%

  • 62 años, si se pensiona recibirá un 25%

  • 63 años, si se pensiona recibirá un 50%

  • 64 años, si se pensiona recibirá un 75%

  • 65 años, si se pensiona recibirá un 100%

¿Necesitas ayuda?

Si tienes dudas con algunos de tus productos contáctanos por uno de nuestros canales de atención

Aló Confuturo

Desde Celulares

22 353 7000

Teléfonos fijos

800 22 0808

Horario de atención telefónica:
Lunes a Jueves de 09:00 a 17:00 hrs. Viernes de 09:00 a 13:30 hrs.

Formulario

Envianos una solicitud o consulta mediante nuestro formulario.

Contactanos

Horario de atención:
Lunes a viernes de 9:00 a 18:00hrs.